Sí. Puedes pagar PTU a ex colaboradores desde Buk, siempre que el colaborador esté creado en la plataforma y cuente con un trabajo asociado.
El colaborador puede estar en estado activo, pendiente o inactivo. Lo importante es que tenga un trabajo registrado, ya que este dato es necesario para crear el recibo extraordinario de PTU y calcular el impuesto correspondiente.
Si el ex colaborador no existe en Buk, primero deberás crearlo en la plataforma y asociarle un trabajo. Si el colaborador no cuenta con un trabajo, el importador mostrará un mensaje de error.